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Permisos de residencia.

 

Para legalizar su estatus migratorio en la República de Panamá, existen múltiples opciones que pueden servirle para residenciarse de manera regular. Parte de nuestra misión, es ayudarle a cumplir con los requisitos para cada caso, así como realizar los trámites legales respectivos para ello  

 

RESIDENTE PERMANENTE EN CALIDAD DE EXTRANJEROS  NACIONALES DE PAISES ESPECIFICOS QUE MANTIENEN RELACIONES AMISTOSAS CON LA REPÚBLICA DE PANAMÁ. 
 

Este permiso aplica para todos aquellos extranjeros que tengan la nacionalidad de los países amigos (ver listado), y le dará al solicitante residencia permanente en la República de Panamá.

 

Los extranjeros que opten por este trámite podrán solicitar un permiso de trabajo permanente ante el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral. El Ministerio de Trabajo les otorga a los solicitantes un permiso de trabajo temporal por tres (3) meses prorrogables, durante el tiempo en que se encuentren en trámite para obtener su permiso permanente

CONVENIO PANAMÁ-ITALIA.

El "Tratado de Amistad, Comercio y Navegación entre la República de Panamá y la República Italiana", fue firmado en 1966 y ratificado por la ley 15  de 1 de febrero de 1966, con la finalidad de que los ciudadanos italianos gocen en el territorio de la otra parte, tratamiento nacional, en lo que concierne a la admisión de actividades económicas o profesionales de cualquier género y al ejercicio de tales actividades con excepción del comercio al por menor.

 

Dentro de los beneficios del tratado está el que los italianos, puedan aplicar al Servicio Nacional de Migración a un permiso de residente permanente. También podrán aplicar por un permiso de trabajo permanente ante el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral.

RESIDENTE PERMANENTE EN CALIDAD DE EXTRANJERO PROFESIONAL.
 

Este permiso aplica para todos aquellos extranjeros que tengan profesiones que no estén reservadas para panameños (ver listado). El solicitante deberá aportar copia autenticada  del diploma o título universitario, licenciatura, maestría,  o doctorado debidamente apostillados o autenticados.

 

El permiso le otorga una residencia temporal por dos (2) años al solicitante, transcurrido este tiempo el extranjero podrá solicitar su residencia permanente cumpliendo los  requisitos que establece la ley. Los extranjeros que opten por este trámite podrán solicitar un permiso de trabajo en calidad de extranjero profesional  ante el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral 

PERMISO DE RESIDENTE PERMANENTE EN CALIDAD DE INVERSIONISTA DE MACRO-EMPRESA.
 

Podrá solicitar este permiso los extranjeros que deseen invertir en una MACRO-EMPRESA, siempre y cuando dicha empresa cumpla con las exigencias de capital mínimo y demás  requisitos establecidos en la ley.

 

Este permiso le otorga al solicitante una residencia temporal por dos (2) años, transcurrido este tiempo y cumpliendo los requisitos establecidos en la ley el solicitante podrá solicitar su residencia permanente en la República de Panamá.

PERMISO DE RESIDENTE PERMANENTE EN CALIDAD DE EXTRANJERO CON SOLVENCIA ECONÓMICA PROPIA.
Podrá solicitar este permiso el extranjero que invierta una suma mínima establecida en la ley en bienes inmuebles o en depósitos a plazo fijo o en una combinación de los dos. 

 

Este permiso le otorga al solicitante una residencia temporal por dos (2) años, transcurrido este tiempo y cumpliendo los requisitos establecidos en la ley el solicitante podrá solicitar su residencia permanente en la República de Panamá..

PERMISO DE RESIDENCIA  TEMPORAL EN CALDIAD DE RENTISTA RETIRADO.
 

Podrá solicitar este permiso el extranjero que acredite devengar la renta mensual mínima establecida en la ley, dicha renta deberá provenir exclusivamente de los intereses producto de un depósito a plazo fijo que deberá constituir el solicitante en el Banco Nacional o en la Caja de Ahorros, por un período mínimo de cinco (5) años.

 

Este permiso le será otorgado al solicitante por un período de cinco (5) años prorrogables por un período igual. Al extranjero al que se le apruebes este permiso podrá solicitar un pasaporte panameño especial.

PERMISOS DE RESIDENCIA POR RAZONES LABORALES

 

Estos permisos los otorga el Servicio Nacional de Migración a los trabajadores extranjeros que  se encuentren contratados por  una empresa privada  en Panamá

 

Al ser estos permisos por razones laborales el solicitante deberá obligatoriamente solicitar al Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral su permiso de trabajo. El permiso de trabajo para estos casos es otorgado por el término de un año prorrogable por un término igual.

PERMISO DE RESIDENTE PERMANENTE EN CALIDAD DE PERSONAL EXTRANJERO CONTRATADO POR EMPRESAS PRIVADAS DENTRO DEL 10% DEL PERSONAL ORDINARIO.
 

Podrá solicitar este permiso el extranjero que cumpliendo los requisitos establecidos en la ley  se encuentre contratado dentro del 10% del personal ordinario de  una empresa privada y devengue un salario no menor a ochocientos cincuenta dólares (USD 850.00).

 

Este permiso le otorga al solicitante una residencia temporal por dos (2) años, transcurrido este tiempo y cumpliendo los requisitos establecidos en la ley el solicitante podrá solicitar su residencia permanente en la República de Panamá.

PERMISO DE RESIDENTE PERMANENTE EN CALIDAD DE PERSONAL EXTRANJERO CONTRATADO POR EMPRESAS PRIVADAS DENTRO DEL 15% DEL PERSONAL ESPECIALIZADO.
 

Podrá solicitar este permiso el extranjero que cumpliendo los requisitos establecidos en la ley  se encuentre contratado dentro del 15% del personal experto, técnico o de confianza  de  una empresa privada.

 

Este permiso le otorga al solicitante una residencia temporal por dos (2) años, transcurrido este tiempo y cumpliendo los requisitos establecidos en la ley el solicitante podrá solicitar su residencia permanente en la República de Panamá.

PERMISO DE RESIDNETE TEMPORAL EN CALIDAD DE PERSONAL CONTRATADO POR EMPRESA EN VIRTUD DEL ACUERDO DE MARRAKECH.
 

Podrá solicitar este permiso el extranjero en virtud del acuerdo de Marrakech adoptado por Panamá mediante la Ley 23 de 1997,  a quien cumpliendo los requisitos establecidos en la ley  se encuentre contratado por una empresa privada pequeña con poco personal.

 

Este permiso le otorga al solicitante una residencia temporal por un (1) año prorrogable por períodos iguales. 

Nota: Esta página, e meramente informativa. Para llevar acabo trámites migratorios, es recomenable contactar a abogados panameños.

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